domingo, 29 de marzo de 2009

¿Qué pasa con el dinero?

MADRID.- Caja Castilla-La Mancha —intervenida este domingo por el Banco de España— contaba con créditos concedidos por importe de 19.643 millones de euros a cierre del mes de enero de 2009 y con depósitos de clientes por valor de 16.953 millones de euros, informa Juan Emilio Maíllo, que están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), hasta un límite de 100.000 euros por cliente.

Este sistema garantiza a los clientes que tienen depositados sus ahorros que recuperarán el dinero en caso de quiebra, de suspensión de pagos o de impago de depósitos vencidos y exigibles.

A cierre del pasado año, el Fondo de Garantía de Depósitos de las Cajas de Ahorros (cada grupo de entidades tiene su propio sistema de cobertura) disponía de 3.977 millones de euros. En 2008 no fue necesaria su utilización para apoyar a ninguna entidad en dificultades. Este dinero procede de las propias entidades bancarias, que abonan una cantidad al año.

En caso de que el FGD no dispusiera de la liquidez suficiente para garantizar los depósitos, el Banco de España podría aportar capital, así como exigir derramas a las entidades financieras. Asimismo, Caja Castilla-La Mancha podría vender activos, entre otras vías, para obtener el dinero.

Si una cuenta tiene más de un titular, el importe se dividirá entre todos los titulares, de acuerdo con lo previsto en el contrato que se firmó con la entidad y, en su defecto, a partes iguales. Cada titular tiene garantizado hasta el límite máximo.

En el caso de que los titulares de cualquier producto financiero fueran representantes o agentes de terceros, la cobertura de los FGD se aplicará a los terceros beneficiarios en la parte que les corresponda. La garantía se aplica por cliente —depositante— aunque tenga varios productos o un mismo producto tenga más de un titular.

Una vez realizadas las oportunas comprobaciones, los FGD procederán al pago del importe de las cuentas en el plazo de tres meses después de la declaración de quiebra, suspensión de pagos o impagos, aunque este periodo puede ser ampliado en determinadas ocasiones y con consentimiento del Banco de España.

Es importante tener en cuenta que los FGD no cubren:

  • Los productos financieros realizados por otras entidades de crédito por cuenta propia y en su propio nombre, así como los realizados por aseguradoras, agencias de valores, sociedades de inversión inmobiliaria, sociedades de capital riesgo, etc...
  • Los valores representativos de deudas emitidos por la entidad de crédito, incluso los pagarés y efectos negociables.
  • Los certificados de Depósito al portador, las cesiones temporales de activos y las financiaciones con cláusula de subordinación.
  • Los Depósitos constituidos por empresas pertenecientes al mismo grupo económico que la entidad de crédito.
  • Los Depósitos constituidos por las Administraciones Públicas.
  • Los Depósitos constituidos por quienes ostenten cargos de administración o dirección en la entidad.
erlmundo

Es importante saber, esperemos que no se llegue a ello, nustros derechos, en este artículo tenemos información sobre lo que sucedería si va a la quiebra el garante de nuestros dineros.

4 comentarios:

Néstor dijo...

Conviene tener en cuenta esto. No creo que la situación vaya a hacerse tan grave, pero esta crisis cada día nos da una sorpresa desagradable así que mejor informarnos.

silvo dijo...

Si Edmond con esa intención lo pongo, la infromación en este mudo es muy importante, buenas noches

pro_magicalonso dijo...

Bueno la crisis cada día se está haciendo más fuerte y por desgracia tenemos un gobierno que no quiere aceptar la realidad tal como es, eso es lo que yo veo, el día que acepten la negra realidad y de verdad se aprieten el cinturón y recorten gastos quizás empezemos a ver algo de luz. Un abrazo

silvo dijo...

Hasta Obama le ha dado un tirón de orejas a Europa porque no hace lo suficiente por levantar la economía, aquí hqy que ponerse la funda y trabajar en serio

Un fuerte abrazo y un beso por_mágica